Tratado de Tordesillas
El Planisferio de Cantino de 1502, es la más antigua representación gráfica conocida que muestra la línea de demarcación acordada en el Tratado de Tordesillas.
El Tratado de Tordesillas (en portugués: Tratado de Tordesilhas) fue el compromiso suscrito en la localidad de Tordesillas —situada en la actual provincia de Valladolid, en España—, el 7 de junio de 1494, 1 entre los representantes de Isabel y Fernando, reyes de Castilla y de Aragón, por una parte, y los del rey Juan II de Portugal, por la otra, en virtud del cual se estableció un reparto de las zonas de navegación y conquista del océano Atlántico y del Nuevo Mundo mediante una línea situada 370 leguas al oeste de las islas de Cabo Verde, a fin de evitar conflictos de intereses entre la Monarquía Hispánica y el Reino de Portugal. En la práctica este tratado garantizaba al reino portugués que los españoles no interferirían en su ruta del cabo e Buena Esperanza, y viceversa los primeros no lo harían en las recientemente descubiertas Antillas.
Aunque por Tratado de Tordesillas se conoce al convenio de límites en el océano Atlántico, ese día se firmó también en Tordesillas otro tratado por el cual se delimitaron las pesquerías del mar entre el cabo Bojador y el Río de Oro, y los límites del Reino de Fez en el norte de África.
Índice
1 Antecedentes
1.1 El Tratado de Alcáçovas
1.2 Antecedente próximo: el primer viaje de Colón
1.3 Las bulas Alejandrinas
2 Negociación del tratado
3 Contenido del Tratado
4 Tratado sobre pesquería en África y sobre el Reino de Fez
5 Demarcación de la línea limítrofe
6 Dificultades para establecer la posición de la línea
6.1 Junta de Badajoz y Elvas de 1524
6.2 Tratado de Zaragoza
6.3 Junta de Badajoz y Elvas de 1681
7 Transgresión del tratado
8 Supuesto marco del tratado en Cananéia
9 Abolición del tratado
10 Actualidad
11 Véase también
12 Referencias
13 Bibliografía
14 Enlaces externos
Antecedentes
El Tratado de Alcáçovas
Artículo principal: Tratado de Alcáçovas
El Tratado de Tordesillas tuvo como antecedente al Tratado de Alcáçovas, firmado el 4 de septiembre de 1479 entre los reyes Isabel de Castilla y Fernando de Aragón y el rey Alfonso V de Portugal, por el cual se selló la paz que puso fin a la guerra de Sucesión Castellana. Además de servir para formalizar el fin de la beligerancia, el pacto contenía otras cláusulas concernientes a la política de proyección exterior, en un momento en que castellanos y portugueses competían por el dominio del océano Atlántico y de las costas de África. A través del reparto de este tratado la Corona de Castilla recibió las islas Canarias mientras que el Reino de Portugal obtuvo el reconocimiento de su dominio sobre las islas de Madeira, Azores y Cabo Verde, y sobre Guinea y en general sobre la costa africana «todo lo que es hallado e se hallare, conquistase o descubriere en los dichos términos, allende de que es hallado ocupado o descubierto».
Antecedente próximo: el primer viaje de Colón
Artículo principal: Primer viaje de Colón
Reconstrucción del itinerario del primero de los cuatro viajes que Colón realizó a América, basado en los datos del Diario atribuido a Colón.
En 1492 los reyes de Castilla y de Aragón autorizaron a Cristóbal Colón a realizar una expedición marítima de descubrimiento navegando por el océano Atlántico hacia el oeste. Participaron tres carabelas: la Pinta, la Niña y la Santa María, al mando de Martín Alonso Pinzón, Vicente Yáñez Pinzón y Juan de la Cosa, respectivamente.
A finales del siglo XV se consideraban válidos los cálculos de Claudio Ptolomeo sobre la circunferencia terrestre, de 180 000 estadios, lo que confería una circunferencia de 28 350 km. La circunferencia real de la Tierra es de 40 120 km, con una diferencia respecto al cálculo de Ptolomeo de 11 770 km, y entre las costas americana y asiática hay un arco máximo de 11 200 km aproximadamente. Teniendo en cuenta este error de medida, y que desde la llegada de Marco Polo a China se tenía conocimiento en Europa de los perfiles costeros orientales de Asia, Colón esperaba encontrar la costa de Cipango exactamente en la ubicación actual de las Antillas.
Las naves partieron de Palos de la Frontera el 3 de agosto de 1492 y se dirigieron a las islas Canarias.2 El 16 de septiembre las embarcaciones alcanzaron el mar de los Sargazos y el 12 de octubre llegaron a la isla de Guanahani, en el archipiélago americano de las Bahamas. Colón siguió con su periplo por el mar Caribe llegando a Cuba el 28 de octubre y a La Española el 6 de diciembre. El 24 de diciembre la Santa María encalló en las costas de La Española y con sus restos se construyó el Fuerte Navidad.
La expedición emprendió el regreso el 16 de enero de 1493 y unos días más tarde una tormenta separó las dos naves. La Pinta, al mando de Pinzón, llegó a Bayona (Galicia) a finales de febrero y anunció a los reyes Isabel y Fernando el descubrimiento.3 Entre tanto, la Niña, en la que viajaba Colón, hizo escala el 17 de febrero en la isla portuguesa de Santa María, en las Azores, y el 4 de marzo recaló en Lisboa, tras 7 meses y 12 días de viaje. Allí fue interrogado por el rey Juan II y lo puso al corriente de sus descubrimientos. Inmediatamente el monarca portugués reclamó la pertenencia de las nuevas tierras alegando derechos derivados del Tratado de Alcáçovas. Isabel y Fernando, por su parte, negaron tal pretensión aduciendo que la navegación se había efectuado siempre al oeste, y no al sur de Canarias. El día 15 Colón regresó al puerto de Palos y el mes siguiente fue recibido en Badalona por los reyes.
Las bulas Alejandrinas
Artículo principal: Bulas Alejandrinas
Para afirmar la soberanía castellana sobre los territorios recién hallados por Colón, Isabel y Fernando solicitaron ayuda al papa Alejandro VI (Rodrigo Borgia), que había sido elegido en agosto de 1492 y con el que tenían una larga relación de favores mutuos. El Papa emitió cuatro bulas, conocidas como bulas Alejandrinas, fechadas entre mayo y septiembre de 1493: la primera Inter caetera, la segunda Inter caetera, la tercera Eximiae devotionis y la cuarta y última Dudum siquidem. En ellas estableció que pertenecerían a la corona de Castilla las tierras y mares al oeste del meridiano situado a 100 leguas al oeste de las Azores y Cabo Verde. Se decretaba la excomunión para todos aquellos que cruzasen dicho meridiano sin autorización de los reyes de Castilla.
Negociación del tratado
Palacio donde tuvieron lugar las negociaciones del Tratado.
Tras el regreso de Colón y su paso por Lisboa en marzo de 1493, el rey Juan II de Portugal afirmó que las islas descubiertas estaban al sur de las Canarias e interpretaba que el Tratado de Alcáçovas se las adjudicaba, aunque según otras interpretaciones ese tratado solo se refería a las costas africanas. Juan II ordenó preparar una escuadra para verificarlo, para lo cual retuvo a dos pilotos portugueses que habían regresado con Colón desde las Indias.4 La llegada de un emisario de los Reyes Católicos pidiéndole que enviara embajadores a Barcelona para discutir el asunto hizo que suspendiera provisionalmente la expedición. No obstante, en una carta escrita en agosto de 1493 Colón informó a los reyes de que los portugueses habían enviado una carabela desde Madeira hacia el oeste.4
Juan II envió a sus monarcas rivales al doctor Pero Dias y a su secretario Rui de Pina, mientras que en mayo de 1493 se conocían las bulas Inter Caetera, las cuales -en especial la segunda- eran muy favorables a los castellanos y consternaron al rey portugués. Portugal quedaba excluido en la práctica de las empresas americanas, toda vez que la línea imaginaria de demarcación trazada por designio papal lo relegaba a las costas africanas, quedando el Nuevo Mundo de forma privativa para el rey y la reina de Castilla y de Aragón. Estos pasaron a tener una actitud intransigente ya que contaban con el apoyo papal y la paz firmada con el rey de Francia.
Posteriormente, los Reyes Católicos y el monarca lusitano negociaron un tratado bilateral. Las delegaciones diplomáticas se reunieron durante varios meses en Tordesillas. Según el cronista portugués García de Resende, Juan II disponía de una red de espionaje muy eficaz formada por personas cercanas a los Reyes Católicos, cuya identidad no se conoce, y por un sistema de correos a caballo que llevaban rápidamente las noticias a Lisboa.4 Los embajadores portugueses recibían desde Lisboa informes secretos sobre cuál iba a ser la posición negociadora de los castellanos junto a instrucciones directas del rey Juan.5
Finalmente los delegados de ambas monarquías alcanzaron un acuerdo que se plasmó en un tratado, firmado el 7 de junio de 1494, hoy denominado Tratado de Tordesillas. Por parte de los Reyes Católicos firmaron Enrique Enríquez de Guzmán, mayordomo mayor de los reyes, Gutierre de Cárdenas, comendador mayor de la Orden de Santiago y contador real, y el doctor Francisco Maldonado; por el lado portugués firmaron Ruy de Sousa, su hijo Juan de Sousa y el magistrado Arias de Almadana. Se fijó un plazo de cien días para su ratificación por los respectivos monarcas; los Reyes Católicos lo refrendaron el 2 de julio de 1494 en Arévalo, y Juan II lo hizo el 5 de septiembre siguiente en Setúbal. Los originales del tratado se conservan en el Archivo General de Indias en Sevilla (España) y en el Archivo Nacional de la Torre do Tombo en Lisboa (Portugal).6
El Tratado indicaba que se solicitaría su confirmación por la Santa Sede pero también estipulaba claramente que ninguna de las partes podría ser dispensada de cumplirlo alegando el «motu proprio» papal.7 El Papa Alejandro VI nunca confirmó el Tratado y hubo que esperar a que Julio II lo hiciese por medio de la bula Ea quae pro bono pacis en 1506.
Contenido del Tratado
Página original del tratado. Biblioteca Nacional de Lisboa.
La esencia del Tratado consistió en el convenio de una nueva línea de demarcación, siendo esta la que, teniendo sus extremos en ambos polos geográficos, pasase a 370 leguas8 al oeste de las islas de Cabo Verde.9 La gran diferencia con la demarcación establecida en las bulas pontificias fue que la parte oriental de América del Sur, el extremo este de Brasil, quedaba ahora adscrito al área de acción de Portugal, lo que posibilitó el sometimiento a su soberanía cuando en 1500 Pedro Álvares Cabral arribó a las costas brasileñas.
En su Historia de España Ramón Menéndez Pidal calificó el Tratado de Tordesillas como el primer tratado moderno de la historia europea pues, por primera vez, al lado de los diplomáticos que llevaban las conversaciones había dos grupos de peritos (españoles y portugueses) que asesoraban técnicamente a los primeros.
El motivo del tratado fue expresado como:
... que por quanto entre los dichos señores sus constituyentes hay cierta diferencia, sobre lo que á cada una de las dichas partes pertenece, de lo que fasta oy dia de la fecha desta capitulación está por descobrir en el mar Océano...
El límite fue establecido de la manera siguiente:
... que se haga é señale por el dicho mar Océano una raya, ó línea derecha de polo á polo, convien á saber, del polo ártico al polo antartico, que es de Norte á Sul, la qual raya ó línea se aya de dar, é dé derecha, como dicho es, á trecientas é setenta leguas de las islas del Cabo Verde, hacia la parte del Poniente, por grados ó por otra manera como mejor y mas presto se pueda dar, de manera que no sean mas...
La asignación de jurisdicciones fue:
é que todo lo que hasta aquí se ha fallado é descobierto, é de aquí adelante se hallare, é descobriere por el dicho señor de Portugal, é por sus navios, asy islas como tierra firme, desde la dicha raya, é línea dada en la forma susodicha, yendo por la dicha parte del Levante dentro de la dicha raya á la parte del Levante, ó del Norte, ó del Sul della, tanto que no sea atravesando la dicha raya, que esto sea, é finque, é pertenezca al dicho señor rey de Portugal é á sus subcesores, para siempre jamas, é que todo lo otro, asy islas, como tierra firme, halladas y por hallar, descubiertas y por descobrir, que son ó fueren halladas por los dichos señores rey é reyna de Castilla, é de Aragón, etc., é por sus navios desde la dicha raya dada en la forma susodicha, yendo por la dicha parte del Poniente, después de pasada la dicha raya hacia el Poniente, ó el Norte, ó el Sul della, que todo sea, é finque, é pertenezca á los dichos señores rey é reyna de Castilla, de León, etc., é á sus subcesores para siempre jamas.
Las partes se comprometieron -con obligación de entrega si lo faltasen- a no enviar expediciones hacia la jurisdicción de la otra:
... que de oy en adelante no embiarán navios algunos; convien á saber, los dichos señores rey é reyna de Castilla, é de León, é de Aragón, etc., por esta parte de la raya á la parte del Levante aquiende de la dicha raya, que queda para el dicho señor rey de Portugal é de los Algarbes, etc., ni el dicho señor rey de Portugal á la otra parte de la dicha raya, que queda para los dichos señores rey é reyna de Castilla, é de Aragón, etc., á descobrir é buscar tierras, ni islas algunas, ni á contratar, ni rescatar, ni conquistar en manera alguna...
A los barcos españoles se le reconoció la libre navegación por las aguas del lado portugués para viajar a América:
... los dichos navios de los dichos señores rey é reyna de Castilla, de León, de Aragón, etc., puedan ir é venir, y vayan é vengan libre, segura é pacíficamente sin contradicción alguna por los dichos mares que quedan con el dicho señor rey de Portugal, dentro de la dicha raya en todo tiempo, é cada y quando Sus Altezas, é sus subcesores quisieren, é por bien tuvieren; los quales vayan por sus caminos derechos, é rotas, desde sus reynos para cualquier parte de lo que está dentro de su raya é límite... no pueden apartarse, salvo lo que el tiempo contrario los fiziere apartar...
Teniendo en cuenta que se estaba desarrollando el Segundo viaje de Colón, se acordó también que si hasta el 20 de junio de 1494 los navegantes de Castilla y Aragón descubrían alguna isla o tierra firme entre las 250 y 370 leguas de polo a polo desde Cabo Verde, debían quedar para los reyes españoles. Lo cual no ocurrió ya que Colón no se acercó a Sudamérica en sus primeros dos viajes.
É que todas las islas, é tierra firme, que hasta los dichos veinte dias deste mes de junio en que estamos, sean falladas é descobiertas por los navios de los dichos señores rey é reyna de Castilla, é de Aragón, etc., é por sus gentes, ó en otra qualquier manera dentro de las otras ciento é veinte leguas, que quedan para complimiento de las dichas trecientas é setenta leguas, en que ha de acabarla dicha raya, que se ha de fazer de polo á polo, como dicho es, en qualquier parte de las dichas ciento é veinte leguas para los dichos polos que sean falladas fasta el dicho dia, queden é finquen para los dichos señores rey é reyna de Castilla é de Aragón, etc.,
Tratado sobre pesquería en África y sobre el Reino de Fez